miércoles, 23 de diciembre de 2009

Jubilación de los trabajadores con discapacidad


















MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
Seguridad Social
Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

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